CC

Artículo 2517. Extincion de derechos por prescripcion

Toda accion para reclamar un derecho se extingue por la prescripcion adquisitiva de dicho derecho. Esto significa que el tiempo puede consolidar derechos sobre propiedades o bienes.

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Texto Legal

ARTíCULO 2517 (DEL ART. 2) Art. 2517. Toda acción por la cual se reclama un derecho se extingue por la prescripción adquisitiva del mismo derecho.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial monitorear el tiempo de posesion de bienes, ya que una prescripcion adquisitiva puede llevar a la perdida de derechos sobre propiedades si no se actua a tiempo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2517 del CC?

Toda accion para reclamar un derecho se extingue por la prescripcion adquisitiva de dicho derecho. Esto significa que el tiempo puede consolidar derechos sobre propiedades o bienes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2517 de la CC?

Es crucial monitorear el tiempo de posesion de bienes, ya que una prescripcion adquisitiva puede llevar a la perdida de derechos sobre propiedades si no se actua a tiempo.

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