CC

Artículo 288. Articulo 288 Derogado

El articulo 288 del Codigo Civil ha sido derogado. Su derogacion significa que no tiene efecto legal en la actualidad.

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Texto Legal

ARTíCULO 288 (DEL ART. 2) Art. 288. Derogado. DEROGADO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No hay que considerar este articulo en la operacion diaria, eliminando riesgos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 288 del CC?

El articulo 288 del Codigo Civil ha sido derogado. Su derogacion significa que no tiene efecto legal en la actualidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 288 de la CC?

No hay que considerar este articulo en la operacion diaria, eliminando riesgos legales.

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