CC

Artículo 292. Articulo 292 Derogado

El articulo 292 del Codigo Civil ha sido derogado. Su derogacion significa que no tiene aplicacion en la actualidad.

derogacioncodigo civilley

Texto Legal

ARTíCULO 292 (DEL ART. 2) Art. 292. Derogado. DEROGADO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No se requiere cumplir con este articulo, por lo que no representa un riesgo en la operacion diaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 292 del CC?

El articulo 292 del Codigo Civil ha sido derogado. Su derogacion significa que no tiene aplicacion en la actualidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 292 de la CC?

No se requiere cumplir con este articulo, por lo que no representa un riesgo en la operacion diaria.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 292 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 292 CC desde tu celular