CC

Artículo 307. Rechazo de Documentos

Los documentos pueden ser rechazados si se prueba la no identidad personal, a pesar de su autenticidad. Esto es importante en la validación de documentos legales.

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Texto Legal

ARTíCULO 307 (DEL ART. 2) Art. 307. Podrán rechazarse los antedichos documentos, aun cuando conste su autenticidad y pureza, probando la no identidad personal, esto es, el hecho de no ser una misma la persona a que el documento se refiere y la persona a quien se pretenda aplicar. DOCUMENTOS AUTENTICIDAD PUREZA AUTENTICIDAD RECHAZO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental asegurarse de que los documentos presentados correspondan a la persona correcta, ya que un error puede llevar a la nulidad de actos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 307 del CC?

Los documentos pueden ser rechazados si se prueba la no identidad personal, a pesar de su autenticidad. Esto es importante en la validación de documentos legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 307 de la CC?

Es fundamental asegurarse de que los documentos presentados correspondan a la persona correcta, ya que un error puede llevar a la nulidad de actos legales.

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