Los documentos pueden ser rechazados si se prueba la no identidad personal, a pesar de su autenticidad. Esto es importante en la validación de documentos legales.
ARTíCULO 307 (DEL ART. 2) Art. 307. Podrán rechazarse los antedichos documentos, aun cuando conste su autenticidad y pureza, probando la no identidad personal, esto es, el hecho de no ser una misma la persona a que el documento se refiere y la persona a quien se pretenda aplicar. DOCUMENTOS AUTENTICIDAD PUREZA AUTENTICIDAD RECHAZO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental asegurarse de que los documentos presentados correspondan a la persona correcta, ya que un error puede llevar a la nulidad de actos legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo