CC

Artículo 5. Informe de la Corte Suprema

La Corte Suprema y las Cortes de Alzada deben informar al Presidente sobre dudas en la aplicacion de las leyes. Este articulo busca mejorar la claridad legislativa.

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Texto Legal

ARTíCULO 5 (DEL ART. 2) Art. 5º. La Corte Suprema de Justicia y las Cortes de Alzada, en el mes de marzo de cada año, darán cuenta al Presidente de la República de las dudas y dificultades que les hayan ocurrido en la inteligencia y aplicación de las leyes, y de los vacíos que noten en ellas. CORTE SUPREMA CORTE ALZADA CUENTA MARZO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CUENTA LEYES APLICACION

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este informe puede influir en futuras reformas legales, lo que puede ser una oportunidad para abogar por cambios que beneficien a su sector.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del CC?

La Corte Suprema y las Cortes de Alzada deben informar al Presidente sobre dudas en la aplicacion de las leyes. Este articulo busca mejorar la claridad legislativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la CC?

Este informe puede influir en futuras reformas legales, lo que puede ser una oportunidad para abogar por cambios que beneficien a su sector.

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