CC

Artículo 594. Definicion de playa del mar

La playa del mar se define como la extensión de tierra bañada por las olas. Esto es relevante para la delimitación de propiedades costeras.

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Texto Legal

ARTíCULO 594 (DEL ART. 2) Art. 594. Se entiende por playa del mar la extensión de tierra que las olas bañan y desocupan alternativamente hasta donde llegan en las más altas mareas. PLAYA DEL MAR EXTENSION TIERRA ALTAS MAREAS LLEGAN

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer la definición de playa puede influir en la compra o desarrollo de propiedades en áreas costeras.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 594 del CC?

La playa del mar se define como la extensión de tierra bañada por las olas. Esto es relevante para la delimitación de propiedades costeras.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 594 de la CC?

Conocer la definición de playa puede influir en la compra o desarrollo de propiedades en áreas costeras.

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