CC

Artículo 659. Estimación de cosas unidas

Este articulo define que si una de las cosas unidas tiene mayor estimación, se considera principal. Esto es relevante para determinar la propiedad en casos de adjuncion.

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Texto Legal

ARTíCULO 659 (DEL ART. 2) Art. 659. Si de las dos cosas unidas, la una es de mucho más estimación que la otra, la primera se mirará como lo principal y la segunda como lo accesorio. Se mirará como de más estimación la cosa que tuviere para su dueño un gran valor de afección. COSAS UNIDAS MAYOR ESTIMACION PRINCIPAL ACCESORIO DUEÑO AFECCION

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer cómo se determina la estimación es crucial para proteger tus intereses en bienes que se han combinado, ya que puede influir en la propiedad final.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 659 del CC?

Este articulo define que si una de las cosas unidas tiene mayor estimación, se considera principal. Esto es relevante para determinar la propiedad en casos de adjuncion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 659 de la CC?

Conocer cómo se determina la estimación es crucial para proteger tus intereses en bienes que se han combinado, ya que puede influir en la propiedad final.

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