CC

Artículo 803. Embargo del usufructo por acreedores

Los acreedores del usufructuario pueden solicitar el embargo del usufructo, lo que afecta la capacidad del usufructuario para gestionar sus derechos. Esto puede complicar la situación financiera del usufructuario.

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Texto Legal

ARTíCULO 803 (DEL ART. 2) Art. 803. Los acreedores del usufructuario pueden pedir que se le embargue el usufructo, y se les pague con él hasta concurrencia de sus créditos, prestando la competente caución de conservación y restitución a quien corresponda. Podrán por consiguiente oponerse a toda cesión o renuncia del usufructo hecha en fraude de sus derechos. USUFRUCTUARIO ACREEDORES USUFRUCTO EMBARGAR SOLICITAR

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El usufructuario debe ser consciente de sus obligaciones financieras para evitar embargos que limiten su capacidad de uso de la propiedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 803 del CC?

Los acreedores del usufructuario pueden solicitar el embargo del usufructo, lo que afecta la capacidad del usufructuario para gestionar sus derechos. Esto puede complicar la situación financiera del usufructuario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 803 de la CC?

El usufructuario debe ser consciente de sus obligaciones financieras para evitar embargos que limiten su capacidad de uso de la propiedad.

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