Los derechos de uso y habitación se constituyen y pierden de la misma manera que el usufructo. Esto simplifica la comprensión de estos derechos.
ARTíCULO 812 (DEL ART. 2) Art. 812. Los derechos de uso y habitación se constituyen y pierden de la misma manera que el usufructo. DERECHOS DE USO DERECHOS DE HABITACION CONSTTITUCION PERDIDA USUFRUCTO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer el proceso de constitucion y perdida de estos derechos permite una mejor planificación patrimonial. Ignorar esto puede resultar en la pérdida de derechos sin previo aviso.
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