CC

Artículo 840. Articulo 840 Derogado

El articulo 840 ha sido derogado, lo que implica que no tiene validez legal en la actualidad. Cualquier referencia a este articulo es irrelevante.

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Texto Legal

ARTíCULO 840 (DEL ART. 2) Art. 840. Derogado. SUPRIMIDO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No hay implicaciones operativas debido a la derogación de este articulo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 840 del CC?

El articulo 840 ha sido derogado, lo que implica que no tiene validez legal en la actualidad. Cualquier referencia a este articulo es irrelevante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 840 de la CC?

No hay implicaciones operativas debido a la derogación de este articulo.

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