CC

Artículo 87. Representación legal en acciones y defensas

Los poseedores provisorios representan a la sucesión en acciones legales y defensas contra terceros, asegurando la protección de los intereses del desaparecido.

representacionaccionesdefensa

Texto Legal

ARTíCULO 87 (DEL ART. 2) Art. 87. Los poseedores provisorios representarán a la sucesión en las acciones y defensas contra terceros. POSEEDORES PROVISORIOS SUCESION ACCIONES DEFENSA TERCEROS

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esto es importante para salvaguardar los derechos de la sucesión, pero también puede generar responsabilidades legales para los poseedores provisorios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 87 del CC?

Los poseedores provisorios representan a la sucesión en acciones legales y defensas contra terceros, asegurando la protección de los intereses del desaparecido.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 87 de la CC?

Esto es importante para salvaguardar los derechos de la sucesión, pero también puede generar responsabilidades legales para los poseedores provisorios.

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