El articulo 872 ha sido derogado y ya no tiene validez legal. Esto significa que no se aplica en la actualidad.
ARTíCULO 872 (DEL ART. 2) Art. 872. Derogado. SUPRIMIDO DEROGADO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Al estar derogado, este articulo no genera riesgos ni obligaciones para los contribuyentes o propietarios de bienes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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