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Artículo 872. Articulo 872 Derogado

El articulo 872 ha sido derogado y ya no tiene validez legal. Esto significa que no se aplica en la actualidad.

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Texto Legal

ARTíCULO 872 (DEL ART. 2) Art. 872. Derogado. SUPRIMIDO DEROGADO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Al estar derogado, este articulo no genera riesgos ni obligaciones para los contribuyentes o propietarios de bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 872 del CC?

El articulo 872 ha sido derogado y ya no tiene validez legal. Esto significa que no se aplica en la actualidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 872 de la CC?

Al estar derogado, este articulo no genera riesgos ni obligaciones para los contribuyentes o propietarios de bienes.

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