El título o la posesión de la servidumbre determina los derechos del predio dominante y las obligaciones del predio sirviente. Este artículo es esencial para entender las implicaciones legales de las servidumbres en las propiedades involucradas.
ARTíCULO 884 (DEL ART. 2) Art. 884. El título, o la posesión de la servidumbre por el tiempo señalado en el artículo 882, determina los derechos del predio dominante y las obligaciones del predio sirviente. SERVIDUMBRE TITULO CONSTITUTIVO PREDIO DOMINANTE PREDIO SIRVIENTE DERECHOS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
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