CC

Artículo 915. Reglas contra el poseedor indebido

Las reglas de este título se aplican a quienes retienen indebidamente una cosa, sin importar si lo hacen sin ánimo de señor. Esto protege a los legítimos propietarios.

poseedorretenercosaindebida

Texto Legal

ARTíCULO 915 (DEL ART. 2) Art. 915. Las reglas de este título se aplicarán contra el que poseyendo a nombre ajeno retenga indebidamente una cosa raíz o mueble, aunque lo haga sin ánimo de señor. POSEEDOR RETENER COSA INDEBIDA

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si retienes un bien que no te pertenece, podrías enfrentar acciones legales que te obliguen a devolverlo, afectando tu situación patrimonial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 915 del CC?

Las reglas de este título se aplican a quienes retienen indebidamente una cosa, sin importar si lo hacen sin ánimo de señor. Esto protege a los legítimos propietarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 915 de la CC?

Si retienes un bien que no te pertenece, podrías enfrentar acciones legales que te obliguen a devolverlo, afectando tu situación patrimonial.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 915 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 915 CC desde tu celular