CC

Artículo 935. Peligro de construcciones

El articulo 935 extiende las disposiciones sobre indemnizacion a cualquier construccion o arbol que represente un peligro. Esto amplía la responsabilidad de los propietarios.

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Texto Legal

ARTíCULO 935 (DEL ART. 2) Art. 935. Las disposiciones precedentes se extenderán al peligro que se tema de cualesquiera construcciones; o de árboles mal arraigados, o expuestos a ser derribados por casos de ordinaria ocurrencia. CONSTRUCCION PELIGRO DERRIBO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si tienes construcciones o arboles en tu propiedad, asegúrate de que no representen un riesgo para los vecinos, ya que podrías ser responsable de daños.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 935 del CC?

El articulo 935 extiende las disposiciones sobre indemnizacion a cualquier construccion o arbol que represente un peligro. Esto amplía la responsabilidad de los propietarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 935 de la CC?

Si tienes construcciones o arboles en tu propiedad, asegúrate de que no representen un riesgo para los vecinos, ya que podrías ser responsable de daños.

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