El dueño de un terreno puede exigir el corte de ramas y raíces de un árbol que invadan su propiedad, incluso si el árbol está a la distancia adecuada. Esto protege su propiedad de daños potenciales.
ARTíCULO 942 (DEL ART. 2) Art. 942. Si un árbol extiende sus ramas sobre suelo ajeno, o penetra en él con sus raíces, podrá el dueño del suelo exigir que se corte la parte excedente de las ramas, y cortar él mismo las raíces. Lo cual se entiende aun cuando el árbol esté plantado a la distancia debida. ARBOLES RAMAS RAICES EXTENDER SUELO VECINO DUEÑO EXIGIR CORTAR EXCEDENTE
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Ignorar este derecho puede resultar en daños a la propiedad, lo que podría generar gastos adicionales y complicaciones legales si se requiere la intervención de un juez.
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