La tentativa de falsificación se sanciona con penas mínimas, reflejando la intención del delito. Este artículo busca prevenir la consumación de delitos financieros.
ART. 177. La tentativa para la falsificación, emisión o introducción de tales títulos, se castigará con el mínimum, de las penas señaladas al delito consumado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Intentar falsificar títulos puede resultar en sanciones, lo que significa que incluso la intención de cometer un delito puede tener consecuencias legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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