CP

Artículo 184. Falsificacion de estampillas

Se sanciona la falsificación de estampillas y papel sellado que sea fácilmente identificable, con penas equivalentes a las de estafas. Este artículo busca proteger la confianza en documentos oficiales.

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Texto Legal

ART. 184. Cuando la falsificación fuere tan mal ejecutada que cualquiera pueda notarla y conocerla a la simple vista, los que la hubieren efectuado y los que expendieren o introdujeren el papel sellado o las estampillas así falsificados, podrán ser castigados como responsables de estafas y otros engaños con las penas que se establecen en el Título respectivo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La falsificación de estampillas puede resultar en sanciones severas, por lo que es fundamental asegurarse de la autenticidad de los documentos antes de su uso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 184 del CP?

Se sanciona la falsificación de estampillas y papel sellado que sea fácilmente identificable, con penas equivalentes a las de estafas. Este artículo busca proteger la confianza en documentos oficiales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 184 de la CP?

La falsificación de estampillas puede resultar en sanciones severas, por lo que es fundamental asegurarse de la autenticidad de los documentos antes de su uso.

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