Este articulo penaliza la falsedad en documentos públicos o auténticos por parte de particulares. Las penas incluyen presidio menor y multas, lo que puede afectar la validez de transacciones comerciales.
ART. 194. El particular que cometiere en documento público o auténtico alguna de las falsedades designadas en el artículo anterior, sufrirá la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cometer falsedad en documentos privados puede invalidar contratos y generar conflictos legales significativos.
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