Este articulo sanciona el uso de pasaportes o porte de armas falsos, así como el uso de documentos verdaderos a nombre de otra persona. Las multas son significativas.
ART. 201. El que hiciere uso del pasaporte o porte de armas falso a que se refiere el artículo anterior, incurrirá en una multa de seis a diez unidades tributarias mensuales. La misma pena se impondrá al que hiciere uso de un pasaporte o porte de armas verdadero expedido a favor de otra persona.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El uso indebido de documentos puede acarrear multas y afectar la reputación de su negocio. Verifique siempre la validez de los documentos.
Anterior
Art. 200. Falsificacion de pasaporte y armas
Siguiente
Art. 202. Certificaciones médicas falsas
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo