El artículo 216 ha sido suprimido y no tiene efecto legal. No se aplican sanciones ni obligaciones derivadas de este artículo.
ART. 216. Suprimido.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Al igual que el artículo 215, su supresión elimina cualquier riesgo legal asociado. Mantenerse informado sobre la legislación vigente es clave para la gestión de riesgos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo