El artículo 217 ha sido suprimido, lo que significa que no se aplican sus disposiciones. No hay sanciones ni obligaciones relacionadas con este artículo.
ART. 217. Suprimido.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La eliminación de este artículo simplifica el marco legal, eliminando riesgos previos. Es fundamental revisar periódicamente la legislación para estar al tanto de cambios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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