CP

Artículo 22. Penas accesorias

Las penas accesorias incluyen la suspensión e inhabilitación para cargos públicos y profesiones. Este artículo establece cómo estas penas pueden complementarse con otras sanciones.

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Texto Legal

ART. 22. Son penas accesorias las de suspensión e inhabilitación para cargos y oficios públicos, derechos políticos y profesiones titulares en los casos en que, no imponiéndolas especialmente la ley, ordena que otras penas las lleven consigo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las penas accesorias pueden afectar la vida profesional de un cliente, por lo que es esencial considerarlas en la defensa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del CP?

Las penas accesorias incluyen la suspensión e inhabilitación para cargos públicos y profesiones. Este artículo establece cómo estas penas pueden complementarse con otras sanciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la CP?

Las penas accesorias pueden afectar la vida profesional de un cliente, por lo que es esencial considerarlas en la defensa.

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