La caución y la sujeción a vigilancia pueden ser impuestas como penas accesorias o medidas preventivas. Este artículo define su aplicación en el contexto penal.
ART. 23. La caución y la sujeción a la vigilancia de la autoridad podrán imponerse como penas accesorias o como medidas preventivas, en los casos especiales que determinen este Código y el de Procedimientos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Estas medidas pueden ser utilizadas para asegurar el cumplimiento de la ley y prevenir delitos, afectando la libertad del acusado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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