CP

Artículo 24. Obligacion de pagar costas

Toda sentencia condenatoria en materia criminal implica la obligación de pagar las costas, daños y perjuicios por parte de los responsables. Esto incluye a autores, cómplices y encubridores, lo que puede impactar significativamente en su situación financiera.

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Texto Legal

ART. 24. Toda sentencia condenatoria en materia criminal lleva envuelta la obligación de pagar las costas, daños y perjuicios por parte de los autores, cómplices, encubridores y demás personas legalmente responsables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de esta obligación puede llevar a embargos o acciones legales adicionales, afectando la solvencia del condenado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del CP?

Toda sentencia condenatoria en materia criminal implica la obligación de pagar las costas, daños y perjuicios por parte de los responsables. Esto incluye a autores, cómplices y encubridores, lo que puede impactar significativamente en su situación financiera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la CP?

El incumplimiento de esta obligación puede llevar a embargos o acciones legales adicionales, afectando la solvencia del condenado.

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