Castiga a quienes impidan el ejercicio de funciones de miembros del Congreso o tribunales. Este articulo protege el funcionamiento del sistema judicial y legislativo.
ART. 267. El que con violencia o fraude impidiere ejercer sus funciones a un miembro del Congreso, de los tribunales superiores de justicia o del Consejo de Estado, sufrirá las penas de reclusión menor en su grado mínimo y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Impedir que un funcionario ejerza sus funciones puede resultar en penas de reclusión, lo que refuerza la importancia de la seguridad en el ejercicio de la autoridad pública.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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