CP

Artículo 449. Determinación de penas

El tribunal determinará la pena de delitos específicos considerando las circunstancias atenuantes y agravantes, sin aplicar ciertas reglas generales. Esto permite una mayor flexibilidad en la imposición de penas.

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Texto Legal

ART. 449. Para determinar la pena de los delitos comprendidos en los Párrafos 1 a 4 ter, con excepción de aquellos contemplados en los artículos 448, inciso primero, y 448 quinquies, y del artículo 456 bis A, no se considerará lo establecido en los artículos 65 a 69, con excepción del artículo 68 ter, y se aplicará la siguiente regla: 1ª. Dentro del límite del grado o grados señalados por la ley como pena al delito, el tribunal determinará la cuantía de la pena en atención al número y entidad de las circunstancias atenuantes y agravantes concurrentes, así como a la mayor o menor extensión del mal causado, fundamentándolo en su sentencia. 2ª. Derogada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer cómo se determinan las penas puede ayudar a su defensa en caso de un juicio. Las circunstancias atenuantes pueden ser clave para reducir la severidad de la pena.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 449 del CP?

El tribunal determinará la pena de delitos específicos considerando las circunstancias atenuantes y agravantes, sin aplicar ciertas reglas generales. Esto permite una mayor flexibilidad en la imposición de penas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 449 de la CP?

Conocer cómo se determinan las penas puede ayudar a su defensa en caso de un juicio. Las circunstancias atenuantes pueden ser clave para reducir la severidad de la pena.

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