CP

Artículo 484. Delito de daños

Este articulo tipifica el delito de daños en propiedad ajena, estableciendo penas para quienes causen perjuicios no especificados anteriormente. Se busca proteger la propiedad ajena.

dañospropiedad ajenasanciones

Texto Legal

ART. 484. Incurren en el delito de daños y están sujetos a las penas de este párrafo, los que en la propiedad ajena causaren alguno que no se halle comprendido en el párrafo anterior.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cualquier daño a la propiedad ajena puede resultar en sanciones, por lo que es crucial que su empresa actúe con responsabilidad en sus operaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 484 del CP?

Este articulo tipifica el delito de daños en propiedad ajena, estableciendo penas para quienes causen perjuicios no especificados anteriormente. Se busca proteger la propiedad ajena.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 484 de la CP?

Cualquier daño a la propiedad ajena puede resultar en sanciones, por lo que es crucial que su empresa actúe con responsabilidad en sus operaciones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 484 del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 484 CP desde tu celular