Este articulo indica que al culpable de varios delitos se le impondran todas las penas correspondientes, cumpliéndolas simultáneamente o en orden sucesivo. Las penas más graves se cumplirán primero.
ART. 74. Al culpable de dos o más delitos se le impondrán todas las penas correspondientes a las diversas infracciones. El sentenciado cumplirá todas sus condenas simultáneamente, siendo posible. Cuando no lo fuere, o si de ello hubiere de resultar ilusoria alguna de las penas, las sufrirá en orden sucesivo, principiando por las más graves o sea las más altas en la escala respectiva, excepto las de confinamiento, extrañamiento, relegación y destierro, las cuales se ejecutarán después de haber cumplido cualquiera otra pena de las comprendidas en la escala gradual núm. 1.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si su negocio enfrenta múltiples cargos, es crucial entender cómo se ejecutarán las penas. Esto puede impactar la operatividad y la planificación financiera, ya que las penas más graves afectarán primero los recursos disponibles.
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