La Direccion del Trabajo es responsable de fiscalizar el cumplimiento de las normas establecidas en este capitulo, y las infracciones pueden ser sancionadas con multas que se duplican en caso de reincidencia.
Artículo 152 quinquies I.- La Dirección del Trabajo fiscalizará, dentro del ámbito de su competencia, el cumplimiento de las normas de este Capítulo, especialmente, las obligaciones establecidas en los artículos 152 quáter Z y 152 quinquies E. Las infracciones a este respecto se sancionarán con las multas a que se refiere el artículo 506, las que se duplicarán en caso de reincidencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento de estas normas puede resultar en sanciones económicas significativas, afectando la operacion financiera de la empresa. Es crucial mantener un cumplimiento riguroso para evitar multas.
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