CdT

Artículo 183 AC. Artículo 183 AC

Texto Legal

Artículo 183-AC.- En el caso de los trabajadores con discapacidad, el plazo máximo de duración del contrato de puesta a disposición de trabajadores de servicios transitorios establecido en el párrafo segundo del inciso primero del artículo 183-O, será de seis meses renovables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 183 AC del CdT?

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