CdT

Artículo 239. Votaciones secretas

Las votaciones para elegir o censurar al directorio deben ser secretas y en presencia de un ministro de fe. Este artículo garantiza la confidencialidad en los procesos electorales.

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Texto Legal

Art. 239. Las votaciones que deban realizarse para elegir o a que dé lugar la censura al directorio, serán secretas y deberán practicarse en presencia de un ministro de fe. El día de la votación no podrá llevarse a efecto asamblea alguna del sindicato respectivo, salvo lo dispuesto en el artículo 221. El estatuto establecerá los requisitos de antigüedad para la votación de elección y censura del directorio sindical.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La confidencialidad en las votaciones es esencial para la legitimidad del proceso. Las empresas deben estar preparadas para aceptar los resultados de estas votaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 239 del CdT?

Las votaciones para elegir o censurar al directorio deben ser secretas y en presencia de un ministro de fe. Este artículo garantiza la confidencialidad en los procesos electorales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 239 de la CdT?

La confidencialidad en las votaciones es esencial para la legitimidad del proceso. Las empresas deben estar preparadas para aceptar los resultados de estas votaciones.

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