CdT

Artículo 247. Facilidades para elecciones sindicales

El empleador debe facilitar las elecciones de directorio y votaciones secretas sin interrumpir las operaciones de la empresa.

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Texto Legal

Art. 247. El empleador deberá prestar las facilidades necesarias para practicar la elección del directorio y demás votaciones secretas que exija la ley, sin que lo anterior implique la paralización de la empresa, establecimiento o faena.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No proporcionar las facilidades necesarias puede resultar en sanciones para el empleador y afectar la relación laboral con los trabajadores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 247 del CdT?

El empleador debe facilitar las elecciones de directorio y votaciones secretas sin interrumpir las operaciones de la empresa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 247 de la CdT?

No proporcionar las facilidades necesarias puede resultar en sanciones para el empleador y afectar la relación laboral con los trabajadores.

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