El articulo 5 establece que las facultades del empleador deben respetar las garantias constitucionales de los trabajadores, limitando su accionar. Esto protege la intimidad y derechos de los trabajadores.
Art. 5.o El ejercicio de las facultades que la ley le reconoce al empleador, tiene como límite el respeto a las garantías constitucionales de los trabajadores, en especial cuando pudieran afectar la intimidad, la vida privada o la honra de éstos. Los derechos establecidos por las leyes laborales son irrenunciables, mientras subsista el contrato de trabajo. Los contratos individuales y los instrumentos colectivos de trabajo podrán ser modificados, por mutuo consentimiento, en aquellas materias en que las partes hayan podido convenir libremente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento de este articulo puede resultar en demandas por violaciones a la privacidad de los trabajadores. Es esencial que los empleadores establezcan politicas que respeten estos derechos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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