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Artículo 500. Resolución del juez en demandas

El juez debe decidir sobre las pretensiones del demandante y puede citar a una audiencia si no hay antecedentes suficientes. Las partes tienen un plazo para reclamar la resolución.

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Texto Legal

Artículo 500.- En caso que el juez estime fundadas las pretensiones del demandante, las acogerá inmediatamente; en caso contrario las rechazará de plano. Para pronunciarse, deberá considerar, entre otros antecedentes, la complejidad del asunto que se somete a su decisión, la comparecencia de las partes en la etapa administrativa y la existencia de pagos efectuados por el demandado. En caso de no existir antecedentes suficientes para este pronunciamiento, el tribunal deberá citar a la audiencia establecida en el inciso quinto del presente artículo. Las partes sólo podrán reclamar de esta resolución dentro del plazo de diez días hábiles contado desde su notificación, sin que proceda en contra de ella ningún otro recurso. La notificación al demandado se practicará conforme a las reglas generales. En todo caso, en la notificación se hará constar los efectos que producirá la falta de reclamo o su presentación extemporánea. Presentada la reclamación dentro de plazo, el juez citará a las partes a una audiencia única de conciliación, contestación y prueba, la que deberá celebrarse dentro de los quince días siguientes a su presentación. En el evento de citarse a la audiencia única por no existir antecedentes suficientes para el pronunciamiento a que se refiere el inciso primero, el tribunal fijará dentro de los veinte días siguientes a la fecha de la resolución, el día y la hora para su celebración, debiendo mediar entre la notificación y la celebración de la audiencia, a lo menos, cinco días. Si el empleador reclama parcialmente de la resolución que acoge las pretensiones del trabajador, se aplicará lo establecido en el artículo 462.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La rapidez en la resolución del juez puede afectar tu caso; si no actúas rápido, podrías perder la oportunidad de presentar pruebas adicionales que fortalezcan tu posición.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 500 del CdT?

El juez debe decidir sobre las pretensiones del demandante y puede citar a una audiencia si no hay antecedentes suficientes. Las partes tienen un plazo para reclamar la resolución.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 500 de la CdT?

La rapidez en la resolución del juez puede afectar tu caso; si no actúas rápido, podrías perder la oportunidad de presentar pruebas adicionales que fortalezcan tu posición.

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