CdT

Artículo 506 QUÁTER. Determinación de sanciones

Las sanciones se clasificarán en leves, graves y gravísimas, considerando la naturaleza de la infracción y su impacto en los derechos laborales.

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Texto Legal

Art. 506 quáter.- Para la determinación del monto de la sanción, dentro de los rangos a que se refiere el artículo 506, la resolución indicada en el artículo 505-A incluirá una categorización de ellas, y las clasificará en leves, graves y gravísimas, para lo cual se considerarán como criterios la naturaleza de la infracción, la afectación de derechos laborales, el número de trabajadores afectados y la conducta del empleador.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer cómo se determinan las sanciones te permite anticipar consecuencias y ajustar tus prácticas laborales para evitar infracciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 506 QUÁTER del CdT?

Las sanciones se clasificarán en leves, graves y gravísimas, considerando la naturaleza de la infracción y su impacto en los derechos laborales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 506 QUÁTER de la CdT?

Conocer cómo se determinan las sanciones te permite anticipar consecuencias y ajustar tus prácticas laborales para evitar infracciones.

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