CdT

Artículo 79. Requisitos para contrato de aprendizaje

Solo los trabajadores menores de veintiun años pueden celebrar un contrato de aprendizaje, limitando la aplicacion de este tipo de acuerdos.

aprendizajerequisitosmenores

Texto Legal

Art. 79. Sólo podrán celebrar contrato de aprendizaje los trabajadores menores de veintiún años de edad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial verificar la edad de los candidatos antes de establecer un contrato de aprendizaje para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 79 del CdT?

Solo los trabajadores menores de veintiun años pueden celebrar un contrato de aprendizaje, limitando la aplicacion de este tipo de acuerdos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 79 de la CdT?

Es crucial verificar la edad de los candidatos antes de establecer un contrato de aprendizaje para evitar sanciones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 79 del CdT?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 79 CdT desde tu celular