La ley establecerá fórmulas de coordinación entre municipios y servicios públicos para abordar problemas comunes. También regulará la administración de áreas metropolitanas.
Artículo 123.- La ley establecerá fórmulas de coordinación para la administración de todos o algunos de los municipios, con respecto a los problemas que les sean comunes, así como entre los municipios y los demás servicios públicos. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, la ley orgánica constitucional respectiva regulará la administración de las áreas metropolitanas, y establecerá las condiciones y formalidades que permitan conferir dicha calidad a determinados territorios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La coordinación entre municipios puede mejorar la gestión de problemas comunes, pero requiere de una legislación clara para evitar conflictos y duplicidades.
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