Define quiénes son considerados ciudadanos chilenos y los derechos que les otorga, incluyendo el sufragio y la opción a cargos de elección popular. También menciona las condiciones para los chilenos en el extranjero.
Artículo 13.- Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran. Los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren fuera del país podrán sufragar desde el extranjero en las elecciones primarias presidenciales, en las elecciones de Presidente de la República y en los plebiscitos nacionales. Una ley orgánica constitucional establecerá el procedimiento para materializar la inscripción en el registro electoral y regulará la manera en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero, en conformidad con lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 18. Tratándose de los chilenos a que se refieren los números 2º y 4º del artículo 10, el ejercicio de los derechos que les confiere la ciudadanía estará sujeto a que hubieren estado avecindados en Chile por más de un año.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cumplir con los requisitos de ciudadanía es esencial para participar en elecciones y acceder a cargos públicos. Si resides fuera de Chile, asegúrate de estar inscrito para poder ejercer tu derecho al voto desde el extranjero.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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