El artículo 24 define las funciones del Presidente de la República como Jefe del Estado, incluyendo la conservación del orden público y la seguridad externa. Este artículo establece la base del poder ejecutivo.
Artículo 24.- El gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la República, quien es el Jefe del Estado. Su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República, de acuerdo con la Constitución y las leyes. El 1 de junio de cada año, el Presidente de la República dará cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo es fundamental para entender el rol del Presidente en la administración del Estado. Cualquier incumplimiento de sus funciones puede tener graves consecuencias para la estabilidad del gobierno.
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