NICSP 2

Artículo 48. NICSP 2 — Aplicación Párrafo 48

Texto Legal

Una entidad que informe sobre su participación en una entidad asociada o un negocio conjunto utilizando el método de la participación, incluirá en su estado de flujos de efectivo los flujos de efectivo relacionados con sus inversiones en la entidad asociada o negocio conjunto y las distribuciones y otros pagos o cobros entre las mismas. Adquisiciones y disposiciones de las entidades controladas y otras unidades operativas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 48 del NICSP 2?

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