Si el testador solo tiene una parte de la cosa legada, se presume que solo legó esa parte. Esto establece límites claros en la disposición de bienes.
ARTíCULO 1110 (DEL ART. 2) Art. 1110. Si el testador no ha tenido en la cosa legada más que una parte, cuota o derecho, se presumirá que no ha querido legar más que esa parte, cuota o derecho. Lo mismo se aplica a la cosa que un asignatario es obligado a dar y en que sólo tiene una parte, cuota o derecho. TESTADOR COSA LEGADA CUOTA DERECHO ASIGNATARIO OBLIGACION
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo ayuda a clarificar la intención del testador, lo que puede evitar disputas entre herederos sobre la interpretación del legado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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