El valor de tasación por peritos será la base para la adjudicación de bienes, salvo que se acuerde lo contrario. Esto asegura que la adjudicación sea justa y basada en un valor objetivo.
ARTíCULO 1335 (DEL ART. 2) Art. 1335. El valor de tasación por peritos será la base sobre que procederá el partidor para la adjudicación de las especies; salvo que los coasignatarios hayan legítima y unánimemente convenido en otra, o en que se liciten las especies, en los casos previstos por la ley. VALOR DE TASACION PERITOS PARTIDOR ESPECIES ADJUDICACION COASIGNATARIOS LICITAR
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Un desacuerdo sobre la tasación puede llevar a conflictos significativos entre los coasignatarios, afectando la equidad en la distribución de los bienes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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