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Artículo 1391. Incapacidades en herencias y donaciones

Las incapacidades para recibir herencias y legados se extienden a las donaciones entre vivos. Esto implica que ciertas personas no pueden recibir donaciones si están inhabilitadas para heredar.

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Texto Legal

ARTíCULO 1391 (DEL ART. 2) Art. 1391. Las incapacidades de recibir herencias y legados según los artículos 963 y 964 se extienden a las donaciones entre vivos. INCAPACIDAD RECIBIR HERENCIA LEGADOS EXTIENDE DONACION ENTRE VIVOS

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si una persona está incapacitada para heredar, no podrá recibir donaciones, lo que puede afectar la planificación patrimonial y la distribución de bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1391 del CC?

Las incapacidades para recibir herencias y legados se extienden a las donaciones entre vivos. Esto implica que ciertas personas no pueden recibir donaciones si están inhabilitadas para heredar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1391 de la CC?

Si una persona está incapacitada para heredar, no podrá recibir donaciones, lo que puede afectar la planificación patrimonial y la distribución de bienes.

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