La donación entre vivos no se presume, salvo en los casos expresamente previstos por la ley. Esto significa que es necesario demostrar la intención de donar.
ARTíCULO 1393 (DEL ART. 2) Art. 1393. La donación entre vivos no se presume, sino en los casos que expresamente hayan previsto las leyes. DONACION ENTRE VIVOS PRESUMIR LEYES
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental documentar adecuadamente las donaciones, ya que la falta de evidencia puede llevar a disputas legales sobre la intención de las partes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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