CC

Artículo 1882. Efectos contra terceros

El pacto de retroventa se sujeta a lo dispuesto en los artículos 1490 y 1491 en sus efectos contra terceros. Esto limita la capacidad del vendedor para reclamar a terceros.

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Texto Legal

ARTíCULO 1882 (DEL ART. 2) Art. 1882. El pacto de retroventa en sus efectos contra terceros se sujeta a lo dispuesto en los artículos 1490 y 1491.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El vendedor debe asegurarse de que el pacto de retroventa esté bien documentado para proteger sus derechos frente a terceros, ya que de lo contrario podría perder la propiedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1882 del CC?

El pacto de retroventa se sujeta a lo dispuesto en los artículos 1490 y 1491 en sus efectos contra terceros. Esto limita la capacidad del vendedor para reclamar a terceros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1882 de la CC?

El vendedor debe asegurarse de que el pacto de retroventa esté bien documentado para proteger sus derechos frente a terceros, ya que de lo contrario podría perder la propiedad.

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