CC

Artículo 1906. Alcance de la cesion

La cesion de un credito incluye fianzas y privilegios, pero no excepciones personales del cedente. Esto define claramente lo que se transfiere en la cesion.

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Texto Legal

ARTíCULO 1906 (DEL ART. 2) Art. 1906. La cesión de un crédito comprende sus fianzas, privilegios e hipotecas; pero no traspasa las excepciones personales del cedente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las limitaciones de la cesion es crucial para evitar sorpresas en la recuperacion de deudas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1906 del CC?

La cesion de un credito incluye fianzas y privilegios, pero no excepciones personales del cedente. Esto define claramente lo que se transfiere en la cesion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1906 de la CC?

Conocer las limitaciones de la cesion es crucial para evitar sorpresas en la recuperacion de deudas.

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