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Artículo 195. Investigación de paternidad

El articulo 195 establece el derecho imprescriptible de investigar la paternidad o maternidad. Aunque este derecho es irrenunciable, los efectos patrimoniales están sujetos a prescripción.

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Texto Legal

ARTíCULO 195 (DEL ART. 2) Art. 195. La ley posibilita la investigación de la paternidad o maternidad, en la forma y con los medios previstos en los artículos que siguen. El derecho de reclamar la filiación es imprescriptible e irrenunciable. Sin embargo, sus efectos patrimoniales quedan sometidos a las reglas generales de prescripción y renuncia. LEY INVESTIGACION PATERNIDAD MATERNIDAD FILIACION DERECHO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este derecho permite a los hijos reclamar su filiación en cualquier momento, lo que puede abrir oportunidades para establecer derechos patrimoniales. Ignorar este derecho puede limitar las opciones legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 195 del CC?

El articulo 195 establece el derecho imprescriptible de investigar la paternidad o maternidad. Aunque este derecho es irrenunciable, los efectos patrimoniales están sujetos a prescripción.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 195 de la CC?

Este derecho permite a los hijos reclamar su filiación en cualquier momento, lo que puede abrir oportunidades para establecer derechos patrimoniales. Ignorar este derecho puede limitar las opciones legales.

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