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Artículo 2205. Intereses en mutuo

Se pueden estipular intereses en dinero o en cosas fungibles en el contrato de mutuo. Esto establece las bases para el retorno del capital prestado.

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Texto Legal

ARTíCULO 2205 (DEL ART. 2) Art. 2205. Se puede estipular intereses en dinero o cosas fungibles.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo permite definir claramente los términos de los intereses, lo que es esencial para evitar malentendidos. No estipularlos correctamente puede llevar a disputas sobre el monto a pagar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2205 del CC?

Se pueden estipular intereses en dinero o en cosas fungibles en el contrato de mutuo. Esto establece las bases para el retorno del capital prestado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2205 de la CC?

Este articulo permite definir claramente los términos de los intereses, lo que es esencial para evitar malentendidos. No estipularlos correctamente puede llevar a disputas sobre el monto a pagar.

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