CC

Artículo 2297. Repetición por error de derecho

Se puede reclamar lo pagado por error de derecho, siempre que no se base en una obligación natural. Esto permite recuperar pagos indebidos en ciertas circunstancias.

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Texto Legal

ARTíCULO 2297 (DEL ART. 2) Art. 2297. Se podrá repetir aun lo que se ha pagado por error de derecho, cuando el pago no tenía por fundamento ni aun una obligación puramente natural.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si pagas algo que no debías por un error de interpretación legal, puedes tener la oportunidad de recuperar ese dinero, siempre que no esté relacionado con obligaciones naturales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2297 del CC?

Se puede reclamar lo pagado por error de derecho, siempre que no se base en una obligación natural. Esto permite recuperar pagos indebidos en ciertas circunstancias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2297 de la CC?

Si pagas algo que no debías por un error de interpretación legal, puedes tener la oportunidad de recuperar ese dinero, siempre que no esté relacionado con obligaciones naturales.

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